¿Cuánto dinero en efectivo puedes pagar por una propiedad en España?

La legislación española limita las transacciones en efectivo según el tipo y la persona con la que se realicen. Esto es lo que necesita saber si desea comprar una propiedad en España en efectivo en lugar de mediante transferencia bancaria o cheque.
Sí, es posible pagar parte o la totalidad del precio de una propiedad en efectivo en España, pero hay límites.
La legislación española, en concreto la Ley 11/2021 , establece restricciones a los pagos en efectivo por transacciones con el objetivo de combatir el fraude y aumentar la transparencia fiscal.
Por lo tanto, España tiene límites legales para las transacciones en efectivo de casi cualquier tipo por encima de un determinado umbral legal. Esto depende básicamente de si las partes involucradas son personas físicas o jurídicas, de su residencia fiscal, de si hay un profesional o empresario involucrado en la venta o de si se trata de una transacción entre particulares.
Por ejemplo, algunas personas en España pueden pagar hasta 99.999 € por la compra de una casa o un coche, pero para cualquier cantidad que supere los 100.000 € hay que notificar previamente a la Comisión Nacional para la Prevención del Blanqueo de Capitales .
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¿Cuánto puedo pagar en efectivo al comprar una casa en España?
Según Idealista , el portal inmobiliario líder en España, existen diferentes limitaciones en las transacciones en efectivo al comprar una casa en España dependiendo de diferentes factores.
Para pagos en efectivo por compraventa de inmuebles entre particulares : Puede pagar hasta 99.999 € en efectivo sin necesidad de preaviso, pero deberá dejar constancia ante notario. A partir de 100.000 € , deberá notificar previamente a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales mediante la presentación del formulario S-1, por un importe de 10.000 € para movimientos de dinero, cheques o letras de cambio al portador que entren o salgan de España.
Pago en efectivo en la compraventa de un inmueble entre profesionales : Si alguna de las partes es empresario (ya sea persona física o jurídica), las operaciones por importe igual o superior a 1.000 € no podrán pagarse en efectivo.
Si el comprador es una persona física (es decir, no un empresario) y no reside fiscalmente en España , podrá pagar en efectivo hasta 10.000 € .
Si el comprador es una persona física que no actúa como empresario o profesional y reside a efectos fiscales en España, el vendedor (otro particular) podrá recibir el importe de la venta de una vivienda en efectivo , pero deberá acreditar el pago mediante un recibo bancario, un recibo firmado por el comprador o un documento acreditativo del origen del dinero.
El recibo deberá conservarse durante un plazo de cinco años, ya que podrá ser requerido por las autoridades fiscales para acreditar la legalidad de la operación.
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