Una cúpula iraní nerviosa

Entre mayo de 1945 y fines de 1948 se produjeron los más relevantes acuerdos internacionales, con su génesis en la Asamblea General y en el Consejo de Seguridad de la hoy devaluada Organización de las Naciones Unidas (ONU). Es ejemplar su resolución 95 (1946), que declara los principios empleados en los juicios de Nüremberg y reconocidos por el estatuto de dicho tribunal, en una codificación general de los delitos contra la paz y la seguridad de la humanidad.
Dentro del contexto de la Guerra Fría, en 1950, Irán fue la segunda nación de mayoría musulmana en reconocer a Israel como un Estado soberano, hasta la ruptura diplomática devenida de la revolución islámica de la dinastía de los ayatolás en 1979, que llevó al exilio al Shá Reza Pahlevi y a más dos millones de iraníes que no aceptaron las imposiciones del sistema legal islámico conocido como la Sharia y el sometimiento de las mujeres a la pérdida de derechos fundamentales.
En 1982, bajo la presidencia de Alí Jamenei, actual líder supremo religioso-político de Irán, su embajador ante la ONU sostuvo que la Declaración Universal de Derechos Humanos era “una interpretación secular de la tradición judeocristiana” que entraba en conflicto con la Sharia. En este contexto, por los atentados terroristas de carácter yihadista en la Argentina (Embajada de Israel en 1992 y AMIA en 1994) y Panamá (vuelo 901 de Alas Chiricana en 1994), la cúpula gubernamental iraní fue acusada de sostener y financiar al partido y grupo paramilitar Hezbollah. A pesar de las alertas rojas de Interpol para la detención y/o presentación de los presuntos autores ante la justicia argentina, pasaron más de treinta años de denegada cooperación en materia penal. Varios líderes que han sido vinculados con el atentado local a la AMIA –Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai y Mohsen Rabbani– desconocieron públicamente la jurisdicción nacional.
La ecuación cambió sustancialmente en marzo de 2025. Luego de tratarse 27 proyectos diferentes en el Congreso, fue sancionada la ley de juicio en ausencia. Así aparecieron los primeros querellantes.
El pedido de detención del líder Alí Jamenei, emitido ahora por la justicia argentina a la luz de la flamante ley, generó nervios en los funcionarios del gobierno iraní. En un notorio error diplomático, el director general de Asuntos de América de su cancillería, Isa Kameli, convocó al encargado de negocios argentino para entregarle una nota formal de protesta y una enérgica condena ante la orden de captura de su líder religioso supremo. Kameli, instó a las autoridades argentinas a “corregir este camino equivocado” y advirtió sobre las consecuencias jurídicas y políticas de su accionar. Esta última carta, sumada a las alertas de Interpol y los reportajes realizados por autoridades iraníes durante más de treinta años, denotan el expreso conocimiento de la existencia de la causa en contra de los funcionarios iraníes involucrados. La reticencia a someterse a la jurisdicción argentina cumple los requisitos procesales para avanzar con el juzgamiento en rebeldía, consagrado por la ley de juicio en ausencia.
Los avances en la causa impulsaron a los actuales directivos de la DAIA a realizar una ceremonia de reconocimiento a quienes trabajaron activamente para la promulgación de la flamante ley, que deja a la Justicia Federal en una posición jurídica excepcional hasta hace poco impensable. No solo destraba la realización del juicio oral y público, del cual pueden surgir nuevos nombres de perpetradores o colaboradores ligados a los atentados, sino que en caso de recaer alguna condena, habilita a la Argentina, o a cualquier otro Estado que haya tenido connacionales víctimas, a recurrir a la Corte Internacional de La Haya en reclamo de reparaciones y sanciones a los países cómplices.
Se trata precisamente de respetar tanto los derechos humanos de las víctimas como los principios jurídicos que nacieron en las Naciones Unidas. La República Islámica de Irán debe comprender que exigirle respeto a los derechos humanos no es una cuestionable intromisión, sino un acto de justicia que el mundo civilizado respalda.

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