Los pagos comenzarán el 2 de septiembre. Hasta 4134 PLN para quienes tengan derecho a la prestación.

Autor: preparado por JKB • Fuente: Rynek Zdrowia • Publicado: 22 de agosto de 2025 19:13 • Actualizado: 22 de agosto de 2025 19:15
A partir de este año, se ha ampliado el grupo de personas que pueden optar a esta ayuda financiera. El 2 de septiembre, quienes tengan derecho a ella recibirán su transferencia. En 2025, el importe oscilará entre 751,56 y 4133,60 PLN al mes.
- Según el calendario de la ZUS, el próximo pago de la prestación de apoyo vence el 2 de septiembre.
- La prestación de apoyo puede ascender a un máximo de 4.133,60 PLN y un mínimo de 751,56 PLN.
- Está disponible para personas con discapacidad y depende del nivel específico de apoyo necesario.
Las transferencias de la prestación de ayuda se realizan por parte de la ZUS en fechas fijas cada mes, es decir: 2, 4, 7, 9, 12, 14, 16, 18, 20 o 22 del mes.
Cabe añadir que, después de la indexación a partir del 1 de marzo de 2025, la pensión social ascenderá a 1.878,91 PLN y, en consecuencia, la prestación social oscilará entre 751,56 PLN y un máximo de 4.133,60 PLN .
En 2024, la prestación solo se podía otorgar a quienes tuvieran una decisión que especificara el nivel de apoyo de 87 a 100 puntos. Sin embargo, a partir de 2025, también se podrá pagar cuando la necesidad de apoyo se determine en un nivel de 78 a 86 puntos.
En los niveles de 78 y 79 puntos, el pago es el 60 por ciento de la pensión social, es decir, a partir del 1 de marzo, es de 1.126 PLN al mes.
Con una necesidad de apoyo al nivel de 85 y 86 puntos, estamos hablando del 120% de la pensión social, es decir, a partir del 1 de marzo es de 2.253,6 PLN al mes .
Calendario de implantación de la prestación de apoyo:
- Etapa I - a partir del 1 de enero de 2024 - prestación de apoyo disponible para personas con discapacidad con los niveles más altos de necesidad de apoyo, es decir, de 87 a 100 puntos
- Etapa II - a partir del 1 de enero de 2025 - la prestación de apoyo también está disponible para personas con discapacidad con niveles posteriores de necesidad de apoyo, es decir, de 78 a 86 puntos
- III - última etapa - a partir del 1 de enero de 2026 - la prestación de apoyo también estará disponible para personas con discapacidad con otros niveles elegibles de necesidad de apoyo, es decir, de 70 a 77 puntos .
La prestación de apoyo oscila entre el 40 % y el 220 % de la pensión social vigente. Según el nivel de apoyo necesario, será:
- 95-100 puntos - 220 por ciento de la pensión social;
- 90-94 puntos - 180 por ciento de la pensión;
- 85-89 puntos - 120 por ciento de la pensión;
- 80-84 puntos - 80 por ciento de la pensión;
- 75-79 puntos - 60 por ciento de la pensión;
- 70-74 puntos – 40 por ciento de la pensión.
Las personas interesadas en recibir la prestación deben tener en cuenta que la elegibilidad para recibirla depende de que la persona con discapacidad obtenga una decisión que determine el nivel de apoyo necesario. La solicitud para dicha decisión debe presentarse al equipo provincial de evaluación de discapacidades.
La Institución de Seguro Social (ZUS) es responsable de aceptar las solicitudes de prestaciones de ayuda, procesarlas, concederlas y pagarlas.
La solicitud de prestación económica debe presentarse al ZUS únicamente en formato electrónico, a través de uno de los tres canales siguientes:
- Plataforma PUE ZUS,
- Portal de información y servicios Emp@tia,
- banca electrónica.
Material protegido por derechos de autor: las reglas de reimpresión se especifican en el reglamento .
rynekzdrowia