La evaluación potencial se regulará nuevamente a partir de julio

Berlín. El Comité Mixto Federal (G-BA) ha aprobado una vez más una excepción a la evaluación del potencial de cuidados intensivos extrahospitalarios (IRA). A diferencia de las regulaciones especiales anteriores, esta excepción se aplicará de forma permanente: para los asegurados que recibieron servicios de IRA hasta el 30 de junio de 2025 inclusive, la evaluación del potencial no es obligatoria.
Según un comunicado del Comité Federal emitido el miércoles, la evaluación del potencial de estos casos existentes solo se realizará si existen indicios de potencial de destete o decanulación, o a petición de la persona afectada. "Se podrán prescribir tratamientos de seguimiento para cuidados intensivos ambulatorios hasta doce meses para este grupo de asegurados", continúa.
No hay suficiente capacidadEl Dr. Bernhard van Treeck, miembro imparcial del Comité Conjunto Federal (G-BA) y presidente del Subcomité de Servicios Incurridos, describió la nueva resolución como una "excepción pragmática". Por un lado, garantiza la protección del paciente prevista por la legislatura. Por otro, facilita el uso de la limitada capacidad médica para posibles evaluaciones, "principalmente para aquellos pacientes con mayor riesgo de abstinencia".
Van Treeck: “Especialmente en casos de enfermedades crónicas, progresivas o daños irreversibles, la posibilidad de abstinencia suele disminuir con el tiempo, lamentablemente”.
Obligatorio para casos nuevosSin embargo, los requisitos generales se aplican a todos los pacientes que reciben cuidados intensivos ambulatorios por primera vez a partir del 1 de julio y que estén ventilados o tengan un tubo de traqueotomía. En concreto, requieren una evaluación de la posibilidad de destete antes de cada prescripción. Por lo tanto, los médicos deben verificar si se ha evaluado o debe evaluarse la posibilidad de destete y deben organizarlo en consecuencia.
Según un comunicado de la KBV, la evaluación de potencial debe realizarse al menos cada seis meses y no debe tener más de tres meses de antigüedad al momento de la prescripción. Si la evaluación de potencial determina que no hay perspectivas de una mejora sostenida del trastorno funcional subyacente y que la decanulación o el destete no son permanentes, la evaluación solo debe realizarse cada doce meses y no debe tener más de seis meses de antigüedad al momento de la prescripción.
Si se determina que no hay perspectivas de mejora en al menos dos evaluaciones del potencial personal realizadas directamente durante dos años consecutivos, se puede prescindir por completo de evaluaciones adicionales.
La actual normativa especial para la evaluación potencial expirará a finales de junio .
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