¿WIBOR? Algo importante ocurrió en el Tribunal de Luxemburgo.
Anna Cudna-Wagner: La audiencia ante el TJUE tuvo lugar. Eso fue todo. Anteriormente se habló mucho de que se dictaría sentencia. Estas sugerencias eran injustificadas, ya que la sentencia del TJUE nunca se emite el mismo día de la audiencia. Sobre todo si el dictamen del Abogado General se anuncia antes. En este caso, lo sabremos el 11 de septiembre. Por lo tanto, podemos esperar la sentencia en diciembre de 2025 o en el primer trimestre de 2026.
Michał Romanowski: Sin embargo, algo importante ocurrió el 11 de junio. En concreto, el abogado del prestatario demandante modificó la alegación fundamental que había presentado. En la fase de la demanda —de ahí los alarmantes titulares que ha leído el editor— exigió que se reconociera que la estructura del préstamo hipotecario, donde el supuesto tipo de interés es WIBOR, es inherentemente injusta. En la audiencia, afirmó que no cuestionaba el tipo WIBOR en sí ni su conformidad con el BMR, sino la fiabilidad de la información que el banco proporcionó al cliente. Por lo tanto, tras la audiencia, se puede afirmar que es indiscutible que los contratos de préstamo hipotecario basados en WIBOR son legales y que el tipo en sí es justo, mientras que la esencia de la acusación actual se reduce a si el banco cumplió correctamente o incorrectamente con sus obligaciones de información.
Profesor Michał Romanowski
Este es un cambio muy importante. Diré con cierto optimismo que el mercado financiero puede dormir tranquilo, porque la estructura básica ya no se cuestiona. Por lo tanto, nos sorprendería que se cuestionara en el contexto de la sentencia del TJUE.
Recordemos cuál fue la fuente del caso que llegó a la Corte.ACW: Se trata de cuatro cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Distrito de Częstochowa. El tribunal las formuló en cascada, lo que significa que cada cuestión subsiguiente solo es válida si la respuesta a la anterior es desfavorable para el banco. ¿Cuáles son estas cuatro cuestiones? En primer lugar, el tribunal pregunta si una cláusula de intereses con la estructura de WIBOR más margen puede examinarse en virtud de la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas en los contratos de consumo. La propia Directiva establece que no se aplica si la cláusula contractual refleja disposiciones legales. Se asume que, en tal caso, el legislador ya ha garantizado la equidad de la cláusula.
La segunda pregunta pretende determinar si la cláusula de intereses define el beneficio principal, el objeto principal del contrato de crédito. De ser así, solo examinamos la claridad de la cláusula, es decir, si es clara y comprensible. Si la cláusula de intereses es clara, no examinamos si garantiza el equilibrio entre las partes, es decir, si es justa.
La tercera pregunta se refiere a la equidad: ¿garantiza una cláusula de WIBOR con margen el equilibrio de las partes? La cuarta busca obtener una respuesta a las posibles consecuencias si dicha condición de interés fuera injusta. ¿Se transforma el acuerdo en un préstamo con un tipo de interés fijo o, como en el caso de los francos suizos, fracasa? Sin embargo, el TJUE decidió que esta última cuestión no se abordaría durante la vista y se nos pidió que no nos pronunciáramos al respecto.
¿Es realmente necesaria la sentencia del TJUE en este caso? ¿O ha decidido el tribunal polaco, como a veces ocurre, pasarle el problema a otro?ACW: Creo que un tribunal polaco podría gestionarlo. Sin embargo, este aumento en el número de preguntas al TJUE no es una característica específica de Polonia, ni tampoco es habitual en los tribunales italianos o alemanes. Ocupamos el tercer puesto con unas 40 preguntas al año.
MR: Solíamos quejarnos de que los tribunales polacos no plantean preguntas al TJUE, pero quizá ahora la situación se ha invertido. Sin embargo, recordemos que cada caso de este tipo desempeña un importante papel educativo en la interpretación del derecho de la UE. Y este fue clasificado por el TJUE como un caso crucial para el derecho de toda la Unión Europea.
ACW: Normalmente, los casos ante el TJUE son tratados por un tribunal de tres jueces. Aquí tenemos cinco jueces. Eso por sí solo habla de su rango.
MR: Porque, de hecho, estamos empezando a preguntarnos no solo si el derecho nacional se beneficia de la presunción de equidad, y en ese caso la directiva no se aplica, sino también si el derecho de la UE se beneficia de dicha presunción. En este caso, el punto de referencia es el llamado Reglamento BMR. Durante la audiencia, se planteó la cuestión de si el legislador europeo, como el Dr. Jekyll y Mr. Hyde, a veces es justo y a veces deshonesto. Dado que no dudamos de que la Directiva 93/13 tiene como objetivo garantizar la equidad de los contratos con los consumidores, y en este caso, en el caso del Reglamento BMR, cuyo propósito —expresado explícitamente en el reglamento— también es proteger a los consumidores, estamos considerando si garantiza la equidad de la cláusula de intereses, lo cual es coherente con este reglamento. Por lo tanto, podemos hablar de un caso que sienta precedente y que impacta no solo en Polonia, sino en todo el mercado financiero de la Unión Europea. Portugal y la Comisión Europea lo indicaron claramente en sus posiciones.
Las posiciones de la CE, Portugal, el Gobierno polaco y el Estado como representantes del banco resultaron convergentes.MR: Éramos uno solo.
ACW: En cuanto a la primera pregunta, planteamos la postura de que las disposiciones de la legislación polaca y europea establecen un estándar más amplio, según el cual un banco que ofrece un tipo de interés variable debe aplicar el modelo de índice de referencia más margen. Y así se hizo. La cláusula contractual que establece «WIBOR más margen» se ajusta a este estándar más amplio. Por lo tanto, creemos que se aplica en este caso una exención de la evaluación según la Directiva 93/13. En este sentido, recibimos el apoyo de Polonia, Portugal y la Comisión Europea. La CE destacó que el reglamento BMR, cuyo contenido indica que su propósito también es proteger al consumidor, es un reglamento que garantiza el equilibrio y la equidad. Y si utilizamos un índice en el sentido del BMR, queda excluido el examen de dicho índice según la directiva. Este examen ya se había realizado anteriormente, a cargo de la Oficina Polaca de la Autoridad de Supervisión Financiera, pero, lo que es más importante, también de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA). En cuanto a la segunda pregunta, insistimos en que el reglamento del BMR modificó la directiva sobre crédito hipotecario, cuya implementación es nuestra ley sobre crédito hipotecario. Allí se indicó que el nombre del indicador, el nombre del administrador y las consecuencias de su uso debían comunicarse al consumidor. Y los consumidores lo entendieron. El banco proporcionó información sobre qué sucedería si el WIBOR aumentaba al 3, 5, 10 o 15 por ciento.
¿Qué pasa con la honestidad?ACW: Todos, excepto la parte del consumidor, coincidimos en que si el banco utilizó el modelo exigido por la legislación nacional y europea, es decir, un índice de referencia más un margen, el modelo conforme a la ley no puede ser injusto. Además, es el modelo más común. El WIBOR es un índice clave utilizado en casi el 100 % de los contratos de tipo de interés variable. Si la cláusula de interés es una cláusula de uso común en el mercado, esta circunstancia también demuestra equidad. Estos dos criterios, a saber, si la cláusula contractual no coloca al consumidor en una situación menos favorable que el modelo legal y su carácter común, se derivan de la jurisprudencia del TJUE, por ejemplo, en el asunto C-265/22, cuyo dictamen fue elaborado por la Abogada General Laila Medina. La Abogada también elaborará un dictamen en nuestro caso.
Anna Cudna-Wagner
MR: El reglamento BMR surgió como respuesta a las irregularidades ocurridas con el LIBOR. Se convirtió en una especie de certificado de la integridad de los indicadores de referencia, contemplados por este reglamento y el reglamento de aplicación de la Comisión Europea. Esta certificación, realizada en beneficio del consumidor, es multietapa, ya que la llevan a cabo la KNF y la ESMA. La segunda cuestión, y sobre la que girará la controversia, y que fue claramente enfatizada por el abogado del demandante, es si el consumidor debe recibir toda la información sobre el método de determinación del WIBOR. Porque, por ejemplo, si vamos a un restaurante y pedimos un plato, el chef está obligado a salir y mostrarnos todo lo que contribuyó a su elaboración, ¿o basta con que el camarero nos diga qué tipo de pescado tenemos y de dónde proviene?
ACW: El legislador ha autorizado a determinados organismos nacionales y europeos a certificar y controlar estos indicadores, eliminando esta carga, o mejor dicho, retirando esta posibilidad a otros organismos, en particular a los tribunales. Se trata de una cierta división de competencias. Cabe señalar que dicho control se lleva a cabo sistemáticamente, en el caso del WIBOR cada dos años. El KNF publicó el 29 de mayo el anuncio sobre la última evaluación cíclica del WIBOR, que abarca el período de diciembre de 2022 a diciembre de 2024. El anuncio contenía una evaluación positiva y confirmaba que el WIBOR «mantiene la capacidad de medir las realidades económicas y de mercado para las que fue creado». Esto demuestra la idoneidad de este indicador para la fijación de los tipos de interés en los contratos de crédito.
¿No cree que muchos bufetes de abogados que se especializaban en prestar servicios a prestatarios en francos suizos ahora simplemente buscan un nuevo nicho y han decidido que las disputas WIBOR podrían serlo?MR: Creo que sí. El tema de los préstamos en francos suizos está desapareciendo, este mercado está llegando a su fin, y algunos bufetes de abogados buscan un nuevo sector. Sin embargo, cabe destacar que la esencia del problema con los préstamos en francos suizos y el WIBOR es incomparable. Se trata de un problema completamente distinto. En cuanto a la evaluación del WIBOR y los contratos de préstamos hipotecarios basados en el WIBOR, el presidente de la Oficina de Competencia y Protección del Consumidor y el presidente de la Autoridad de Supervisión Financiera de Polonia dieron una evaluación positiva. Por lo tanto, intentar presentar este asunto de forma similar al caso de los préstamos en francos suizos forma parte, como sugirió el editor, de la estrategia empresarial.
Recientemente, la sentencia del Tribunal de Distrito de Suwałki, que cuestionó las cláusulas WIBOR, tuvo gran repercusión mediática. Sin embargo, no es una sentencia firme. ¿Conoce alguna sentencia firme?ACW: No tenemos conocimiento de ningún veredicto similar, en un caso similar al aquí analizado, que ya sería firme. El veredicto del tribunal de Suwałki se dictó con base en pruebas y situaciones específicas. Sin embargo, según nuestro conocimiento, no es un veredicto firme, y las opiniones de este tribunal son aisladas.
MR: Mi experiencia demuestra que no. Admito que me sorprendió, positivamente, por supuesto. Creo que el abogado del demandante cambió de táctica tras evaluar realistamente las posibilidades. Y, usando lenguaje deportivo, desistió de la pelea cuando estaba condenada al fracaso.
Anna Cudna-Wagner es asesora legal y socia a cargo de la práctica de resolución de disputas en el bufete de abogados CMS.
Michał Romanowski es profesor, abogado y socio del bufete de abogados Romanowski and Partners.
RP