Dinero. ¿Quién puede beneficiarse de una prestación por fallecimiento?

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Dinero. ¿Quién puede beneficiarse de una prestación por fallecimiento?

Dinero. ¿Quién puede beneficiarse de una prestación por fallecimiento?

Para financiar el funeral de un ser querido, es posible comprometer los fondos del fallecido desbloqueando el acceso a su cuenta bancaria. También se puede obtener ayuda financiera a través de los fondos de pensiones y las mutuas de seguros a las que estaban afiliados.

Por último, y lo más importante, la seguridad social puede pagar un beneficio, llamado beneficio por muerte, a los beneficiarios.

Su propósito no es sólo cubrir los gastos funerarios, sino también ayudar a las personas para quienes la muerte ha tenido un impacto significativo en su estilo de vida.

¿Qué condiciones?

La ayuda está condicionada a la situación del fallecido durante los tres meses anteriores a su fallecimiento. Debe haber estado empleado, haber percibido una indemnización de France Travail o haber percibido una pensión de invalidez o de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

También podría ser un trabajador autónomo no jubilado o un trabajador autónomo jubilado en condiciones específicas.

Si hay varios beneficiarios prioritarios del mismo rango, como varios hijos, el beneficio por fallecimiento se reparte equitativamente entre ellos. Foto: Adobe Stock

Si hay varios beneficiarios prioritarios del mismo rango, como varios hijos, el beneficio por fallecimiento se reparte equitativamente entre ellos. Foto: Adobe Stock

El beneficio por muerte se paga con prioridad a la persona que dependía efectiva, total y permanentemente del asegurado el día de su muerte.

Por ejemplo, una persona desempleada que recibía el sustento del fallecido. Si hay varias personas en esta situación, el orden jerárquico impone primero al cónyuge, luego a los hijos y finalmente a los descendientes.

Si hay varios beneficiarios prioritarios del mismo rango, como varios hijos, el beneficio por fallecimiento se reparte equitativamente entre ellos. Este orden se mantiene si no hay beneficiario prioritario.

Para el pago de esta prestación es necesario solicitarla a la caja de seguro médico primario. Foto: Adobe Stock

Para el pago de esta prestación es necesario solicitarla a la caja de seguro médico primario. Foto: Adobe Stock

El importe de la prestación por fallecimiento se revaloriza cada año el 1 de abril y depende de las circunstancias del fallecido. En 2025, será de 3.977 € si el fallecido era trabajador por cuenta ajena y de 9.420 € si era autónomo o percibía una pensión por invalidez.

¿Cuales son los trámites?

El pago de esta asignación requiere una solicitud dirigida a la Caja de Seguro Primario de Salud (CPAM) completando un formulario disponible en línea en el sitio web de ameli .

Se podrían requerir documentos adicionales. La solicitud debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la fecha del fallecimiento, pero los beneficiarios prioritarios solo tienen un mes para presentarla.

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