Las dudas que aún quedan en la ley de encuestas a un día que acabe la restricción a los sondeos presidenciales
Este sábado se termina la veda para la difusión de encuestas que instauró la ley 2494 de 2025, ‘por medio de la cual se establecen medidas sobre la elaboración, publicación y divulgación de encuestas y se dictan otras disposiciones’. No obstante, las encuestadoras han dicho que aún no difundirán sus estudios estadísticos a través de medios de comunicación, pues aseguran que la inseguridad jurídica es muy grande para hacerlo. “Las dudas persisten y no sabemos si vamos a arrancar a publicar encuestas”, advirtió Víctor Muñoz, fundador de la firma encuestadora Guarumo.
Más allá de las diferencias con el articulado en su conjunto, aprobado de forma unánime por Cámara y Senado y que actualmente tiene 8 demandas en la Corte Constitucional que piden declararla inexequible en su totalidad o alguno de sus puntos, las encuestadoras han llamado la atención frente al incumplimiento de las autoridades electorales en varios de los puntos que debían estar listos antes de finalizar la restricción para publicar encuestas de intención de voto.
El gran señalado ha sido el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la ausencia de ejecución de las dos tareas que se le asignaron: crear la ‘Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas sobre Opinión Política y Electoral’ y actualizar las resoluciones 23 de 1996 y 50 de 1997.
La comisión será la encargada de revisar el cumplimiento de la ley en cuestión y asesora al CNE en su función de “regulación, vigilancia y seguimiento a las encuestas y estudios de opinión política”. De acuerdo con el texto aprobado por el Congreso, la instancia debía estar lista a los dos meses de haber entrado en vigencia la ley y estará conformada por cinco miembros con título profesional en estadística y su primera cohorte saldrá de los nominados por parte de las universidades que tengan un programa acreditado de alta calidad en estadística.
Aunque debía estar lista antes del 25 de septiembre, la Comisión aún no está conformada, por lo que oficialmente no hay un ente que entre a vigilar de cerca el cumplimiento o no de la ley. Además, advirtió Muñoz, sin comisión no habrá actualización de la resolución, puesto que las modificaciones se deben hacer con base o lo que designen los expertos.
El presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Cristián Quiroz, le contó a EL TIEMPO que el proceso de conformación ha avanzado. Si bien es cierto que debía estar listo antes del 25 de septiembre, advirtió que la demora fue debido a que las universidades habilitadas -solo hay tres que cumplen con los requisitos de la ley- se demoraron en remitir los perfiles para escoger a los comisionados.
Indicó que el proceso de escogencia comenzó en la tarde del jueves pasado y que los designados saldrán de los 15 postulados entre la Universidad Nacional, sedes Bogotá y Medellín, y Universidad del Norte. La otra habilitada, la Universidad de Pereira, apuntó a que no tienen los perfiles de postulación. Un hecho llamativo es que el articulado dice expresamente “cada programa acreditado podrá postular hasta tres candidatos”.
César Caballero, director de la encuestadora Cifras y Conceptos, advirtió que uno de los grandes problemas de la actual ley fue poner la condición de que fueran universidades acreditadas, pues cerró el universo de postulantes a solo tres claustros. Puso el ejemplo de la Universidad de Pereira, que advirtió que no tienen los perfiles idóneos para lo exigido por la legislación. “Las universidades han dicho que no tienen el muestreo y no van a mandar experto. El comité no se va a poder conformar. No se dieron cuenta del error, es ignorancia de los autores de la ley”, expresó Caballero.
Frente a dicha crítica, autores de la ley consultados por este diario, y que pidieron reserva de su nombra ante el deseo de pasar la página con la polémica que trajo el texto que está en revisión de la Corte Constitucional, explicaron que si bien es cierto que son pocas las universidades acreditadas, lo que se busca es que haya calidad en las encuestas, por lo que no puede dejarse esa tarea a “universidades de garaje”.
Esta semana se conoció la resolución del CNE con la que se oficializó el proceso de selección. Se han venido cumpliendo los distintos procesos, pero solo hasta este martes se seleccionarán los cinco miembros de la comisión. Por eso, varios consultados señalan que a pesar de que se acabe la veda, tal es la inseguridad jurídica que no se arriesgarán y seguirán sin publicar los estudios estadísticos que hagan.
Exclusión de municipiosEn cuanto a las alertas de las resoluciones a actualizar por el CNE, Víctor Muñoz apuntó que sobre todo “debería establecer qué pasa en territorios con orden público complejo, si se puede extraer de la muestra”. En ese sentido, lo expuesto por las firmas apunta a que hay zonas que la nueva ley obliga a incluir en la muestra, pero la difícil situación de orden público haría imposible ejecutar las encuestas allí. Por eso expresaron que se necesita aclarar si pueden hacer exclusiones por orden público.
Vale recordar que el proyecto busca garantizar una mayor representación del territorio nacional, más allá de las ciudades capitales, por lo que se exige que se incluyan en la población a encuestar todos los municipios que superan los 800.000 habitantes (Bogotá, Medellín, Cali Barranquilla, Cartagena y Soacha) y el municipio de mayor población en las regiones que no tengan tal densidad poblacional y “un subconjunto de municipios pequeños, medianos y grandes de todas las regiones del país”.
La Misión de Observación Electoral (MOE), que acompañó la elaboración del texto y las discusiones, apuntó que no es del todo cierto, pues la ley les da la libertad de que sean ellos los que escojan los municipios pequeños, medianos y grandes, por lo que no es necesario que se reglamente ese tema de excepciones, pues los únicos obligatorios son los que superan los 800.000 habitantes.
Los personajes por preguntarOtra de las dudas que apuntaron las encuestadoras es que la reglamentación, a través de las modificaciones a las resoluciones existentes, debe dejar claro cuáles son las personas que deben estar incluidas en las encuestas, pues la ley sería muy amplia en este punto.
“Cuando se indague por el conocimiento, favorabilidad, opinión sobre políticos o personajes públicos susceptibles de ser elegidos a un cargo uninominal de elección popular, se deberá incluir a candidatos que posean relevancia o notoriedad pública significativa, hayan participado en elecciones similares previas o tengan favorabilidad o reconocimiento manifiesto”, dice el artículo 5.
Frente a este punto, Martín Orozco, presidente de la firma Invamer, cuestionó que “un párrafo dice que hay que preguntar por figuras con favorabilidad y conocimiento manifiesto. Esperan que uno sepa quién tiene conocimiento manifiesto sin haber medido antes eso”.
En este punto, desde la MOE indicaron que la ley es clara en que “después de la inscripción de candidaturas se debe preguntar por todos”, pero reconoció que antes de este periodo hay ciertos vacíos que deben ser precisados, pero se hizo la aclaración que ese aspecto no debe incluirse en las resoluciones en cuestión, sino que es una tarea de la comisión de vigilancia que aún no existe: “la Comisión puede dar unos detalles más técnicos para la selección de los personajes a preguntar”.
Las polémicas en las auditoríasLa ley de encuestas instauró un proceso de auditorías para revisar el correcto proceder en cada uno de los estudios publicados. Las encuestadoras también han alertado que no hay claridad sobre cómo deben hacerse las auditorías, pues la ley no es muy clara en cómo debe ser el proceso de control de calidad. El fundador de Guarumo hizo énfasis en que hay incógnitas en cuanto “a cómo serán las auditorías y la disposición de los datos”.
César Caballero, director de Cifras y Conceptos, ahondó en ese último aspecto. Señaló que hay una “tensión de cumplir la ley de habeas data y la obligación de mandar las bases de datos para hacer auditorías”, esto pues supuestamente les obligan a remitir al CNE las personas a las que les hicieron las encuestas. Ante una posible tensión entre un derecho fundamental y una ley, “vamos a mantener el derecho superior de Habeas Data”, sentenció Caballero.
Ante la duda del director de Cifras y Conceptos, uno de los participantes en la redacción de la ley aclaró que la propuesta no viola el derecho al habeas data pues el articulado es claro en que esos datos se entregarán “anonimizando información personal de conformidad con los estándares del tratamiento de datos personales”.
La MOE, por su parte, apuntó que el tema de los requisitos en la ley es claro en cuanto a la ficha técnica, pero es cierto que hay algunos puntos que deberían aclararse, como el tema del registro de propiedad intelectual, pues hay preocupación por parte de las encuestadoras sobre temas como la entrega de las fórmulas para hacer las encuestas. Por eso, explicó la veeduría, se debe tener lista la comisión que haga la debida reglamentación.

Se define futuro de la Misión de la ONU en Colombia. Foto:
JUAN SEBASTIÁN LOMBO DELGADO
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